Licencia de música para restaurantes en 2026: guía clara y sin complicaciones

    Marielle Brusola

    ·

    Mar 06, 2026

    ·

    Tiempo de lectura: 9 min

    Música y normativa
    Licencia de música para restaurantes en 2026: guía clara y sin complicaciones

    En un restaurante, la música no es un detalle secundario: es parte de la experiencia. Ese fondo musical que acompaña una comida tranquila, un brunch de fin de semana o un afterwork con amigos ayuda a crear ambiente, prolongar la estancia del cliente y reforzar la identidad del local. 

    Pero para utilizar música grabada en un establecimiento es necesario contar con una licencia. 

    En esta guía te explicamos cómo funciona la licencia para música grabada de Somos Música (AGEDI–AIE) para restaurantes, qué cubre, qué tarifas existen y cuáles son las novedades del nuevo convenio de Somos Música con Hostelería de España firmado en 2026. 

     

     ¿Qué tarifa necesitas? Guía rápida 

    Antes de entrar en detalle, esta tabla te ayuda a identificar tu caso en menos de un minuto: 

    ¿Cómo usas la música?¿Pantallas o TV?Tarifa que necesitas
    Solo como fondo ambientalNoTarifa 1 (solo música)
    Solo como fondo ambientalTarifa 2 (música + audiovisual)
    Ambiental en general, pero con momentos de mayor protagonismoNoTarifa Mixta 1 (solo música)
    Ambiental en general, pero con momentos de mayor protagonismoTarifa Mixta 2 (música + audiovisual)

    Más abajo encontrarás los precios de cada modalidad y los requisitos de la Tarifa Mixta.

    Qué cubre la licencia Somos Música en restaurantes 

    La licencia permite utilizar música grabada en todas las zonas de tu establecimiento donde el cliente pueda escucharla, independientemente del dispositivo de reproducción. 

    Incluye usos como: 

    • Música ambiental durante comidas o cenas. 

    • Música procedente de radio, televisión o playlists comerciales autorizadas. 

    • Música en terrazas o zonas exteriores del restaurante. 

    • Música en zonas de espera, barras o espacios comunes. 

     

    También existen modalidades específicas cuando el restaurante incorpora pantallas o contenido audiovisual (las detallamos en la sección de tarifas). 

     

    Cómo se calculan las tarifas en restauración 

    Las tarifas se calculan en función de dos factores: 

    • La superficie del establecimiento (m²). 

    • El tipo de contenido utilizado: solo música, o música + audiovisual. 

     

    Este sistema adapta el coste de la licencia al tamaño del local y al uso real de la música. A continuación te explicamos cada modalidad. 

    TARIFA 1: solo música 

    Pensada para restaurantes donde la música funciona únicamente como ambientación de fondo, sin contenido audiovisual. 

    Tarifas orientativas — solo música (primer año) 

     

    Ejemplo práctico: Un restaurante de 80 m² que solo usa música ambiental (sin pantallas) pagaría 9,70 €/mes el primer año. Si se da de alta voluntariamente antes de recibir una visita comercial, la tarifa baja a 7,05 €/mes. Y a partir del segundo año, pasaría a 8,82 €/mes. Si además domicilia el pago y pertenece a una asociación CEHE, se acumularían descuentos adicionales del 5 % + 5 %. 

    TARIFA 2: música + audiovisual 

    Para restaurantes que utilizan pantallas, televisores o videoclips como parte de la ambientación. Esta tarifa incluye los derechos de fonogramas musicales y contenidos audiovisuales. 

    Tarifas orientativas — música + audiovisual (primer año) 

     

    Nueva Tarifa Mixta para restaurantes (2026) 

    El nuevo convenio firmado por Somos Música con Hostelería de España contempla una modalidad pensada para restaurantes donde la música suele ser ambiental, pero en determinados momentos del día tiene mayor protagonismo. Por ejemplo: brunch con música, afterwork, tardeo, cenas con ambientación musical especial o fechas señaladas como Navidad. 

    Requisitos para aplicar la Tarifa Mixta 

    Para acogerse a esta tarifa deben cumplirse todos estos requisitos: 

    • El uso significativo de música no puede superar el 25 % del horario mensual de apertura. 

    • La actividad principal del negocio debe ser restauración. 

    • El acceso al establecimiento no puede cambiar (no se puede cobrar entrada). 

    • No puede existir pista de baile ni escenario. 

    • La música debe reproducirse en el mismo espacio donde se presta el servicio de restauración. 

    TARIFA MIXTA 1: solo música 

    Para restaurantes con momentos de música significativa, pero sin contenido audiovisual. 

     

    TARIFA MIXTA 2: música + audiovisual 

    Para restaurantes donde esos momentos de música significativa incluyen también pantallas, videoclips o contenidos audiovisuales. 

    (Tarifas orientativas del primer año de contrato: consultar tabla oficial del convenio.)  

     

     

    Utilizaciones adicionales 

    Existen también modalidades específicas para determinados usos. 

    Gramola / Juke Box 

    Si el establecimiento instala una gramola o jukebox donde los clientes pueden seleccionar música, se aplica una tarifa específica adicional: 

     

     

    Bodas, banquetes y celebraciones 

    Si el restaurante organiza eventos sociales con amenización musical (bodas, comuniones, celebraciones privadas), se aplican tarifas específicas. 

    Ver TARIFA “Bailes en bodas y banquetes” 

    Descuentos disponibles 

    Descuentos generales 

    • Domiciliación bancaria → 5 % 

    • Pertenencia a asociaciones de hostelería (CEHE) → 5 % 

    • Pago semestral anticipado → 2,5 % 

    • Pago anual anticipado → 5 % 

    Descuentos por gestión centralizada (varios establecimientos) 

    Para empresas que gestionan varios locales desde un mismo interlocutor con AGEDI-AIE: 

    • De 5 a 9 establecimientos → 1 % 

    • De 10 a 29 establecimientos → 2,5 % 

    • 30 establecimientos o más → 5 % 

    Establecimientos de nueva creación 

    Si el restaurante firma la licencia antes de abrir: 

    • 30 % de descuento durante los primeros 3 meses. 

    • 9 % si es un establecimiento de temporada. 

    Municipios pequeños 

    Descuentos adicionales según el padrón municipal del INE del año anterior: 

    • Menos de 250 habitantes → 15 % 

    • Entre 250 y 499 habitantes → 10 % 

    • Entre 500 y 999 habitantes → 5 % 

     

    Restauración social 

    Los establecimientos de restauración integrados en determinados centros también pueden beneficiarse de una deducción sobre la tarifa aplicable. 

    Se aplica un 10 % de descuento cuando el restaurante o cafetería se encuentra dentro de un centro: 

    • sanitario 

    • asistencial 

    • educativo 

    • militar 

    • o de trabajo 

    Este descuento se aplica siempre que el acceso al establecimiento esté limitado a personas vinculadas al centro, como trabajadores, pacientes, estudiantes o usuarios autorizados.

     

    Novedades del Convenio de Hostelería de España 2026 

    El nuevo acuerdo entre Somos Música y Hostelería de España introduce varios cambios relevantes: 

     

    • Alta inteligente o proactividad: si el cliente solicita la licencia antes de que exista una acción comercial, el convenio contempla una tarifa de primer año más favorable. Es el incentivo para regularizarse voluntariamente (reflejado en la columna [2] de las tablas). 

    • Actualización anual por IPC: las tarifas se revisarán cada año según el IPC publicado por el INE, manteniendo la coherencia con la evolución económica. 

    • Nuevas deducciones: el convenio introduce las deducciones por gestión centralizada, establecimientos de nueva creación y municipios pequeños (detalladas en la sección de descuentos). 

    Errores comunes sobre la música en restaurantes 

    Muchos negocios tienen dudas sobre cómo funciona realmente la licencia musical. 

    Estos son algunos de los errores más habituales: 

    • “Pago Spotify, así que ya puedo usar música.”  No es correcto. Las plataformas de streaming no cubren los derechos de comunicación pública en negocios. 

    • “Si pongo la televisión de fondo no cuenta.”  Sí cuenta si la televisión emite música o contenidos audiovisuales. 

    • “Ya pago a otra entidad.”  La licencia de Somos Música cubre los derechos de productores y artistas musicales, que son independientes de otros derechos. 

     

    Checklist antes de poner música en tu restaurante 

    Antes de utilizar música en tu local, revisa estos puntos: 

    • Identifica las zonas donde se escucha música (sala, barra, terraza…) 

    • Define el tipo de uso: solo música o música con audiovisual 

    • Calcula la superficie del establecimiento 

    • Solicita la licencia correspondiente 

     

    Recuadro legal 

    La comunicación pública de música sin licencia es ilegal en España. Las licencias de Somos Música (AGEDI–AIE) garantizan un uso legal del repertorio musical y aseguran que los artistas y productores musicales reciban la remuneración que les corresponde. 

     

    La música que completa la experiencia de tu restaurante 

    La música puede transformar por completo la atmósfera de un restaurante: acompaña conversaciones, refuerza el estilo del local y mejora la experiencia del cliente.

    Con la licencia de Somos Música puedes utilizar música grabada de forma legal, profesional y adaptada a tu negocio

    Este artículo forma parte de HORECA Entertainment, iniciativa impulsada por Somos Música —alianza entre AGEDI y AIE— que conecta a los negocios de hostelería con el valor de la música. 

    Si quieres regularizar la música de tu restaurante o resolver cualquier duda, puedes contactar con el equipo de Somos Música a través de su web.

    Marielle Brusola

    Especialista de Marketing y Comunicación

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